ARTICULOS TRANSITORIOS
ARTÍCULO 1.- El Sindicato iniciará provisionalmente su ación, con facultades plenas, contando únicamente con los siguientes seis ocupantes de Secretarías del Comitè ejecutivo:
1. Secretaría General
2. Secretaría de
Organización
3. Secretaría de Trabajo y
Conflictos
4. Secretaría de Finanzas
5. Secretaría de Relaciones
6. Secretaría de Actas,
Acuerdos y Archivo
y con la integraración de las siguientes dos Comisiones Autònomas:
Comisión Autónoma de
Vigilancia
Comisión aAutónoma de
Honor y Justicia
ARTICULO 2.- El Comité Ejecutivo convocará a Primer Congreso General Ordinario a realizarse antes del 21 de noviembre del 2008 a efecto de nombrar a los ocupantes de Secretarías restante sy a los integrantes de las otras dos Comisiones Autónomas, así como para revisar los presentes estatutos. Al término del trienio 20 de junio del 2008 a 19 de junio del 2011, el Comité Ejecutivo y demás órganos de representación rendiràn su informe final cubriendo el trienio completo.
ARTÍCULO 3.- En un plazo prorrogable que vence el primer trimestre del 2009, se deberá discutir, aprobar y poner en operación un fondo de resistencia, mandatando al Segundo Congreso General Ordinario a todas las instancias sindicales a analizar en el plazo fatal mencionado, el tipo y organización de fondo de resistencia que se establecerá, para lo cual se aprueba en principio que el fondo se integre con el uno por ciento del salario mensual bruto de cada afiliado, dejando abierto el análisis de otras alternativas susceptibles de aplicarse. Formará parte del Reglamento de Patrimonio y Finanzas del SUTUQROO.